Semana Santa
CONVOCATORIA DE ELECCIONES A HERMANO/A MAYOR
D. Vicente Ariza Cubero, Presidente de la Junta Electoral, constituida a tal efecto en la reunión de la Junta de Gobierno, celebrada con fecha 06 de julio de 2012, en virtud del artículo 32 de la Normativa Complementaria al Estatuto Marco Diocesano para Hermandades y Cofradías de la Diócesis de Córdoba y formada además por:
D. Francisco Carlos Serrano Reyes, que actuará como secretario de la Junta Electoral.
D. Francisco Molero Jiménez que lo hará como vocal.
DISPONE: en nombre de la Junta electoral, la CONVOCATORIA DE ELECCIONES A HERMANO/MAYOR DE LA ILUSTRE ARCHICOFRADÍA, de acuerdo con las siguientes precisiones recogidas en los artículos 2 y 34 de la referida normativa y artículo 17 de los Estatutos:
PRIMERO.- Conforme al artículo 17 de nuestros Estatutos y normativa complementaria, podrán presentarse a esta elección todos los cofrades que lo deseen, siempre que cumplan los requisitos siguientes:
· Ser hermano/a con plenos derechos, es decir, mayor de edad y tener un año de antigüedad en la Archicofradía.
· Profesar la religión católica, estar bautizado y haber recibido el Sacramento de la Confirmación o en su defecto iniciar en tiempo prudencial la preparación para recibirlo.
· Ser persona de vida cristiana y estar plenamente identificado con los fines de la Archicofradía.
· No pertenecer a ninguna de las Hermandades y Cofradías de las que tradicionalmente son de signo distinto a la nuestra.
· No ejercer cargo de dirección en partido político o asociación análoga o de autoridad política ejecutiva nacional, autonómica, provincial o local.
SEGUNDO.- Las candidaturas podrán ser presentadas por escrito dirigido al Secretario de la Junta Electoral en su domicilio C/ Rafael Onieva Ariza, 23, desde el día 09 de julio hasta el 26 de julio, ambos inclusive.
Conforme al artículo 34 de la normativa complementaria al Estatuto Marco, con la candidatura deberá aportarse la siguiente documentación:
· En la candidatura deberá recogerse relación, al menos, de los hermanos que formaría parte de la Junta de Gobierno como Vice-Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, con el Vº Bº del Consiliario de la Archicofradía.
· Declaración jurada de su situación familiar. En caso de estar casado, partida de matrimonio canónico.
· Declaración jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación familiar.
· Relación de los hermanos que avalen la candidatura con su firma y DNI, como mínimo el 5% de los hermanos con derecho a voto, es decir, 48 avales.
TERCERO.- La Junta Electoral aceptará rechazará las candidaturas presentadas en el plazo comprendido entre los días 9 y 26 de julio ambos inclusive.
CUARTO.- La Junta electoral proclamará las candidaturas aceptadas y rechazadas, el día 29 de julio, publicando las mismas en el tablón de anuncios de la Iglesia de Santa Marina.
QUINTO.- Podrán presentarse reclamaciones a la proclamación de candidaturas en el plazo comprendido entre los días 30 de julio al 2 de agosto.
SEXTO.- La Junta Electoral resolverá las posibles reclamaciones en el plazo comprendido entre los días 3 y 5 de agosto, exponiendo su resolución en el mismo tablón de anuncios de la proclamación de candidaturas.
SÉPTIMO.- El censo electoral se encontrará expuesto en el tablón de anuncios de la Iglesia de Santa Marina a partir del día 26 de julio, donde podrá ser examinado por los hermanos. Si alguien no pudiera, lo puede hacer dirigiéndose al secretario.
SÉPTIMO.- El Cabildo General Extraordinario de Elecciones se convocará el día 8 de agosto, previa convocatoria, el día 8 de septiembre. Tendrá lugar en la Iglesia de Santa Marina y el horario de votaciones será desde las 17:00 horas hasta las 21:00 horas.
OCTAVO.- El Cabildo General Extraordinario, será presidido por el Rvdo. Consiliario, o persona en quien delegue, junto con la Junta Electoral. El voto será secreto previa identificación. Finalizadas las votaciones, se procederá al escrutinio de los votos que será de manera reservada con la presencia del Consiliario, la Junta Electoral y los representantes de los candidatos. En caso de que concurra un solo candidato, se considerará electo el candidato que obtenga la mitad más uno de los votos emitidos en primera votación, siendo suficiente la mayoría simple de votos emitidos en segunda votación. Si concurren más de un candidato, será electo aquél que obtenga la mitad más uno de los votos válidos emitidos en primera votación. Si ninguno los obtuviese, se procederá a una segunda votación a la que concurrirán sólo dos candidatos, descartando a los que menos votos hubieran obtenido. En esta segunda votación será electo el candidato que obtenga mayor número de votos. En caso de una segunda votación deberán transcurrir un mínimo de tres días y un máximo de siete.
Concluidas las votaciones, la Junta Electoral levantará acta del desarrollo del Cabildo que será firmada por todos sus miembros y por el Hermano Mayor con el Vº Bº del Consiliario, siendo remitida a la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías a los efectos oportunos.
Baena, 09 julio de 2012